En primer término, es importante aclarar la diferencia entre Separación y Divorcio. La separación implica el cese de la convivencia, pero no la disolución del vínculo matrimonial, mientras que el divorcio sí supone la disolución de ese vínculo. Tras la reforma realizada por la Ley 15/2005, de 8 de Julio, que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, ya no se requiere demostrar la existencia de causa alguna ni haber tenido una situación previa de separación para romper el vínculo conyugal, reconociendo así una mayor importancia a la voluntad del individuo.
Así, cuando las partes logran un acuerdo sobre las medidas que derivarán de su divorcio, siempre que hayan estado casados al menos tres meses, como exige el artículo 81 del Código Civil, salvo en excepciones de riesgo, pueden disfrutar de un proceso rápido, de tramitación simplificada, económico y sin necesidad de acudir a juicio. Este es el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, también conocido como divorcio express.
El acuerdo es siempre la mejor opción para regular las medidas de un divorcio, especialmente si hay hijos en común. Además de por las razones ya mencionadas, porque las medidas acordadas por las partes evitan la confrontación en juicio, lo que puede complicar las relaciones y dar lugar a incumplimientos más frecuentes, así como a sucesivos procedimientos que impliquen un mayor coste económico y emocional. El acuerdo también trae consigo la satisfacción de haber gestionado con éxito los conflictos familiares, colaborando en la continuidad y mejora de las relaciones.
Sin embargo, en ocasiones, a pesar de la buena fe y la intención de llegar a un consenso, las partes no logran acercar posiciones ni ver posibles opciones para alcanzarlo. En estos casos, la mediación es un método eficaz para conseguirlo. Desde intercessionis, te ofrecemos la posibilidad de beneficiarte de este método de resolución de conflictos.
Si tienes más dudas consulta con nosotros.